Elegir y ser elegido es un derecho y un deber ciudadano según el artículo 258 de la Constitución Política.
El voto tiene como atributos que es libre, universal, individual y secreto, y es característico en un régimen democrático (en donde el poder reside en el pueblo).
ASODEFENSA le invita a participar activamente en las decisiones políticas del país, a defender sus derechos laborales y sindicales y a ser miembr@ activ@ del sindicato, que trabaja todo el tiempo por el bienestar colectivo de l@s civiles y no uniformad@s del Ministerio de Defensa Nacional.
De acuerdo a las leyes 403 de 1997 y 815 de 2003, quien participe en las votaciones, tendrá los siguientes estímulos:
1. Ser preferido, en caso de igualdad de puntaje en los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
2. Una rebaja de un (1) mes en el tiempo de prestación de servicio militar, cuando se trate de soldados bachilleres o auxiliares de policía bachiller, y de dos (2) meses, cuando se trate de soldados campesinos o soldados regulares.
3. Ser preferido, en caso de igualdad de puntaje en la lista de elegibles para un empleo de carrera del Estado.
4. Ser preferido en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.
5. El estudiante de institución oficial de educación superior tendrá derecho a un descuento del diez por ciento (10%) del costo de la matrícula, si acredita haber sufragado en la última votación realizada con anterioridad al inicio de los respectivos períodos
académicos.
7. Se beneficiará, por una sola vez, de una rebaja del diez por ciento (10%) en el valor de expedición del pasaporte que solicite durante los cuatro (4) años siguientes a la votación.
8. Descuentos durante el tiempo que transcurra hasta las siguientes votaciones: Diez por ciento (10%) del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial; y trámite inicial y expedición de duplicados de la libreta militar, y por duplicados de la cédula de ciudadanía del segundo duplicado
en adelante.
9. Media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador.
Las transformaciones que necesita el país serán el fruto de los anhelos de los Colombian@s convertidos en hechos.




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